La Federación Nacional de Cafeteros con el objetivo de promover la exportación de pequeñas
cantidades de café, ha desarrollado un procedimiento simplificado de exportación para que cualquier
persona natural o jurídica, previo registro como exportador de café, pueda hacer uso de esta modalidad
a través de las empresas de tráfico postal y mensajería expresa, las cuales estarán registradas en el
sistema de la Federación para dicho propósito.






Desde el año 2016 de conformidad con la regulación cafetera y aduanera, la Federación Nacional de Cafeteros ha diseñado e implementado un procedimiento simplificado que permite la exportación de pequeñas cantidades de café.
Desde el punto de vista del régimen cambiario colombiano, un requisito que debe cumplir el exportador de café es el reintegro de divisas.

Con este programa usted podrá exportar las siguientes cantidades dependiendo del tipo de café:





Cumplir con los requisitos aduaneros, cambiarios y tributarios establecidos por Ley.
Si el exportador es representante del Comité Departamental o Municipal sólo puede exportar como máximo 720 kilos de café verde o su equivalente en procesado en el año.

La Federación Nacional de Cafeteros con el objetivo de promover la exportación de pequeñas
cantidades de café, ha desarrollado un procedimiento simplificado de exportación para que cualquier
persona natural o jurídica, previo registro como exportador de café, pueda hacer uso de esta modalidad
a través de las empresas de tráfico postal y mensajería expresa, las cuales estarán registradas en el
sistema de la Federación para dicho propósito.
Regulación Cafetera
Correo: ici.registro@cafedecolombia.com
Teléfono: (57-1) 313 66 00 Ext. 1189 / 1177
País: Colombia